En Patón & Asociados estamos muy especializados en caso de maltrato contra hombres y también en violencia de género pero, ¿qué ocurre cuando la violencia se produce en parejas intragénero? No es algo de lo que se hable habitualmente, pero existe y, por supuesto, el Derecho ampara a las víctimas. Hemos hablado de ello en nuestro blog de Derecho de Familia.
Las parejas intragénero son aquellas que están compuestas por personas del mismo sexo. En este tipo de parejas, la tendencia social es a pensar que muchas veces, cuando existe violencia, se trata de agresiones mutuas y no únicamente contra uno solo de los cónyuges.
En muchos de estos casos, la vergüenza por el mero el hecho de ser una pareja homosexual, o incluso pensar que por no ser una pareja heterosexual no van a tener los mismos derechos, las víctimas no llegan a denunciar, haciendo que esta situación se vuelva mucho más complicada y mantenida en el tiempo.
¿Qué derechos tienen estas parejas en materia de violencia? Lo cierto es que Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral para la Violencia de Género no contempla los casos deviolencia intragénero, siendo ésta solamente aplicable a los casos de violencia ejercida por un hombre sobre una mujer.
Aún así, las víctimas intragénero sí cuentan con los siguientes derechos, ya que, aunque no hablemos de violencia de género, sí estaríamos ante un caso de violencia doméstica:
- Derecho a la protección de su intimidad.
- Derecho a entender y ser entendido cuando va a interponer una denuncia.
- Derecho a obtener una copia de la denuncia.
- Derecho a recibir información sobre el procedimiento a seguir en estos casos y los recursos que la víctima puede disponer.
- Derecho a que se evite el contacto entre víctima y agresor/a.
- Derecho a ir acompañado/a por la persona que designe, sin perjuicio de la intervención de abogado cuando proceda, en sus diligencias y en el trato con las autoridades.
- Solicitar justicia gratuita para ejercer la acusación particular.
- Derecho a recibir información sobre la causa penal .
- Derecho a los servicios de asistencia y apoyo de la Oficina de Atención a las Víctimas.
- Derecho a ejercer la acción penal y civil.
- Derecho a comparecer ante las autoridades para aportar pruebas.
- Derecho a la protección, particularmente cuando se les reciba declaración o deban testificar en el juicio.
Lo principal ante este tipo de violencia es denunciar y conocer todos los derechos que las parejas intragénero poseen. No se puede silenciar este tipo de violencia, ante el primer síntoma lo mejor es denunciar.